El Consejo de la Unidad Académica de Medicina es la máxima autoridad de la Unidad, fungiendo como órgano consultivo y de toma de decisiones en los ámbitos académico, técnico y legislativo, conforme a lo establecido en los artículos 45, 46 y 47 de la Ley Orgánica, así como en los artículos 57, 58, 59, 60 y 61 del Estatuto General de la UAZ.
La integración del Consejo de la Unidad Académica de Medicina será la siguiente:
I. Presidente del Consejo: Director(a) de la Unidad.
II. Consejeros de Unidad:
a) Un representante profesor titular y un suplente por cada programa académico de la Unidad: Licenciatura, Maestría y Doctorado.
b) Un representante alumno titular y un suplente por cada programa académico de la Unidad: Licenciatura, Maestría y Doctorado.
III. Invitados:
a) Responsables de los programas académicos de la Unidad: Licenciatura, Maestría y Doctorado.
b) Secretaria Académica de la Unidad.
Tendrán derecho a voz y voto el Director(a) de la Unidad como Presidente(a) del Consejo, así como los consejeros titulares o, en su ausencia, los suplentes. Tendrán derecho únicamente a voz los responsables de los programas académicos, los invitados y los suplentes cuando estén presentes los titulares.